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María Alejandra González
Con el pasar de los años, observamos que cada vez es más frecuente que en los arbitrajes sustanciados en el Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje –CEDCA-, las partes soliciten medidas cautelares con el fin de disminuir, de alguna manera, los daños que se generan por el incumplimiento de las obligaciones y el tiempo que transcurre desde la solicitud del arbitraje hasta su culminación. Si bien es cierto que la celeridad es la característica fundamental de los arbitrajes, los mismos no escapan de la realidad venezolana, en la que cada vez se hace más difícil lograr el pago “amistoso” de las deudas.
Es una asociación civil sin fines de lucro, fundada en el año 1999, dedicado a promover la conciliación, el arbitraje y la junta de controversias como métodos alternativos para la solución económica y efectiva de controversias comerciales.
RIF: J- 30892785-6
Página creada por Ángel Bravo y Grupo ReWork, C.A.
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