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Alfredo Almándoz Manterola
Algunas de las preguntas más frecuentes que muchas personas suelen hacerse en relación al arbitraje comercial guardan estrecha relación con el apoyo que puedan obtener del poder judicial, bien sea para darle paso al arbitraje y aceptar la cláusula compromisoria que las partes hayan suscrito, bien para ejecutar medidas cautelares decretadas por los tribunales arbitrales o para reconocer la validez de los laudos dictados por los tribunales arbitrales. Lo anterior puede encontrar su fundamento en el hecho que el arbitraje no había tenido la aceptación y el apoyo esperado de parte de los órganos jurisdiccionales. En este sentido conviene señalar que, pese a que tenemos una Ley de Arbitraje Comercial que regula la materia y que entró en vigencia en el año de 1998 (Gaceta Oficial No. 36.430 de fecha 7 de abril de 1998), las expectativas que el arbitraje evolucionara en nuestro país, se vieron un tanto opacadas por las decisiones dictadas tanto por los tribunales de instancia como por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, al cuestionar la validez de las cláusulas compromisorias y negar dar trámite a los arbitrajes comerciales.
Es una asociación civil sin fines de lucro, fundada en el año 1999, dedicado a promover la conciliación, el arbitraje y la junta de controversias como métodos alternativos para la solución económica y efectiva de controversias comerciales.
RIF: J- 30892785-6
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