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Arbitrabilidad de la Relación Arrendaticia

Arbitrabilidad de la Relación Arrendaticia

Ricardo Henríquez La Roche

La materia inquilinaria soporta, en nuestra opinión, el sometimiento al arbitraje, aun cuando no en toda su extensión. La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia ha señalado que «no es posible en un contrato de arrendamiento la inclusión de una cláusula de arbitraje» (Cfr TSJ-SPA, Sent. 05-02-2003,n° 159), aun cuando no ha llegado a ser ratificada en esta forma radical.

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