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Por María Gabriela Goncalves

En esta nueva entrega del CEDCABites les daremos un breve resumen de las Juntas de Controversias, también conocidas como Dispute Resolution Boards o Dispute Boards, su origen, tipos y mayor utilidad. Esperamos disfruten esta nueva entrega tanto como nosotros.

Las Juntas de Controversias nacen a partir de la necesidad emanada del sector de la construcción, el cual requiere que, surgido algún conflicto durante el desarrollo de la obra, exista un mecanismo que pueda proporcionar una solución idónea a través de personas facultadas y con experiencia para ello, sin afectar o poner en peligro la ejecución.

Asimismo, las Dispute Boards consisten en un mecanismo complementario, bien sea al arbitraje o a un procedimiento regular litigioso, que se encuentra compuesto por un grupo de expertos técnicos, los cuales se encargan de manera expedita de resolver la controversia que pueda suscitarse con el desarrollo de una obra o un contrato complejo. Generalmente, este panel de expertos se instala al inicio del contrato  y a medida que acompaña su progreso, tiene la potestad, otorgada por las partes, de resolver las disputas que puedan surgir a lo largo de la ejecución de la obra.

Cabe destacar que, a pesar de que las Juntas de Controversias están mayormente dirigidas al área de construcción, esto no significa que no puedan ser utilizadas en la ejecución de contratos de tracto sucesivo de cualquier índole o materia.

Por otro lado, a pesar de que en Venezuela no existe un marco normativo que regule el uso de las Juntas de Controversias, en el CEDCA contamos con un Reglamento de Junta de Controversias (Reglamento de JDC)[1] el cual establece un compendio de reglas claras para la utilización de esta herramienta.

Es importante mencionar que dentro de las Dispute Boards se pueden prestar dos tipos de asistencia: Por un lado, la asistencia informal, emitiendo consultas y solucionando pequeñas controversias que lleguen a surgir; y por el otro, la asistencia formal, donde emite una conclusión escrita, normalmente llamada recomendación, que tiene carácter vinculante para las partes.

De manera que las Juntas de Controversias pueden adoptar los siguientes tipos:

  1. La Junta de Revisión de Controversias o Dispute Review Board (Artículo 4 del Reglamento de JDC): Lo que caracteriza a esta Junta de Controversias es que solo pueden emitir recomendaciones no vinculantes para las partes sobre los posibles conflictos que surjan entre ellas, es decir, solo puede realizar asistencia informal hacia las partes.
  2. La Junta de Adjudicación de Controversias o Dispute Adjudication Board (Artículo 5 del Reglamento de JDC): Es aquella Junta de Controversias que se encarga de coadyuvar a las partes a solucionar cualquier desavenencia que pueda llegar a surgir emitiendo una conclusión vinculante para las partes.
  3. La Junta Combinada de Controversias o Combined Dispute Board (Artículo 6 del Reglamento de JDC): Se comporta como un híbrido de los 2 tipos anteriores, ya que podrá realizar asistencia informal temprana, pero también podrá emitir recomendaciones vinculantes en caso de que las partes lo soliciten.

Para finalizar este CEDCABites, les comentamos sobre algunos proyectos emblemáticos en los cuales se utilizó un Dispute Boards o Junta de Controversias para solventar inconvenientes durante su ejecución, [2], tal es el caso de: la construcción de la Central Hidroeléctrica “El Cajón” en Honduras, la ampliación del Canal de Panamá, la construcción del aeropuerto de Hong Kong e incluso, en los contratos de servicios y estructuras para los juegos olímpicos y paralímpicos de 2016 en Río de Janeiro. ¿Lo sabías?

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[1] Reglamento de Junta de Controversias que entró en vigencia el primero (1ro.) de enero de 2020 disponible a través del siguiente enlace: https://cedca.org.ve/wp-content/uploads/2019/11/REGLAMENTO-DE-JUNTA-DE-CONTROVERSIAS.pdf

[2] Tomado del artículo “Las juntas de controversias o dispute boards como medio alterno para la prevención y/o resolución de conflictos” de Diego Thomás Castagnino en el Anuario de la Asociación Venezolana de Arbitraje AVA. AVANI, Nro. 1, 2020. pp. 39-62 disponible a través del siguiente enlace: https://avarbitraje.com/wp-content/uploads/2021/03/ANAVI-No1-A2-pp-39-62.pdf

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